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Marco Institucional

CONSEJO DIRECTIVO DE LA CAJA MUTUAL DE LOS
EMPLEADOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

DIRECTOR PRESIDENTE:

Lic. Carlos Eduardo López Pineda

POR EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN CIENCIA Y TECNOLOGÍA:

Ing. José Mauricio Pineda Rodríguez – Director Propietario

Lic. José Arturo Martínez Díaz – Director Propietario

POR EL MINISTERIO DE HACIENDA:

Lcda. Magda Lorena Ortiz de Beltrán – Directora Propietaria

SECTOR DOCENTE ACTIVO:

Lic. José Elvis Castro Pineda – Director Propietario

Lcda. Úrsula Guadalupe García Ceron – Directora Suplente

SECTOR DOCENTE PENSIONADO:

Prof. Oscar Williams Ramírez – Director Propietario

Profa. Ayner Galeas Meléndez – Directora Suplente

SECTOR ADMINISTRATIVO ACTIVO:

Lic. Henrry Alirio Díaz Constanza – Director Propietario

Ing. José Franklin Mena – Director Suplente

MARCO LEGAL Y NORMATIVO

REPÚBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMÉRICA CENTRAL
DIARIO OFICIAL 126
TOMO No.307
PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL EL 18/05/1990

DECRETO Nº 498.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución, es deber del Estado proteger a la familia como base fundamental de la sociedad, lo que amerita entre otras cosas, una protección de carácter económico;

II. Que mediante Decreto Nº 491 de la Junta Revolucionaria de Gobierno, publicado en el Diario Oficial Nº 219, Tomo 269, de fecha 20 de noviembre de 1980, se instituyeron en el Ministerio de Educación los seguros de vida básico o gratuito y el opcional o voluntario a base de cotizaciones;

III. Que desde el 1º de octubre de 1980 la Administración de los mencionados seguros ha estado bajo la responsabilidad de la Dirección de Bienestar Magisterial del Ministerio de Educación;

IV. Que debido al crecimiento de su patrimonio y a la complejidad de las necesidades de sus asegurados, es necesario dictar disposiciones encaminadas a mejorar esa clase de protección a los empleados administrativos y docentes del Ministerio de Educación;

V. Que es preciso crear una Institución Oficial Autónoma de Derecho Público que administre las cotizaciones, centralice el trámite para obtener los beneficios, y maneje como recursos propios los fondos provenientes del aporte del Estado para el pago del seguro de vida básico y las cotizaciones de los asegurados para el pago del seguro de vida opcional;

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Educación,

DECRETA la siguiente:

LEY DE LA CAJA MUTUAL DE LOS EMPLEADOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los diecisiete días del mesde mayo de mil novecientos noventa.

REFORMAS A LA LEY DE CAJA MUTUAL DE LOS EMPLEADOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

REPÚBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMÉRICA CENTRAL
DIARIO OFICIAL 220
TOMO No.413
PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL EL 25/11/2016

DECRETO Nº 498.

Título
Marco Normativo 9 de diciembre de 2020
Marco Normativo 9 de diciembre de 2020

    MISIÓN

    Brindar protección a los asegurados y sus beneficiarios ante eventos imprevistos.

    VISIÓN

    Seguros confiables para quienes educan.

    VALORES-       

      –       Solidaridad: Estamos para apoyar y acompañar a nuestros asegurados y beneficiarios, donde el bienestar común es nuestra prioridad.

      –       Empatía: Comprendemos los sentimientos y actitudes de la población asegurada, entendiendo las circunstancias que los afectan en un momento determinado.

      –       Honestidad: Estamos comprometidos con la integridad y veracidad en nuestras operaciones aplicando la ética en el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con los asegurados y beneficiarios, fomentando la confianza y reforzando el compromiso de servir con responsabilidad.

      –       Innovación: Para nosotros es avanzar en el desarrollo de la mejora continua de nuestros servicios por medio de la implementación de nuevas tecnologías.

      –       Igualdad: Trabajamos para que nuestros asegurados y beneficiarios reciban un trato equitativo en el acceso a nuestros servicios y beneficios.

      –       Cumplimiento: Nos adherimos a las leyes, regulaciones y normas que rigen nuestra institución, garantizando la integridad y la transparencia en la prestación de los servicios.

      ORGANIGRAMA